Durante años fueron denunciadas por supervivientes, organizaciones LGTBIQ+ y organismos internacionales como prácticas que vulneran la dignidad humana. Este jueves, el Congreso de los Diputados dio un paso decisivo para erradicarlas: aprobó la reforma del Código Penal que convertirá las llamadas “terapias de conversión” en un delito castigado con penas de entre seis meses y dos años de prisión.
La iniciativa, impulsada por el PSOE, obtuvo 178 votos a favor, 32 en contra —correspondientes a Vox— y 137 abstenciones del Partido Popular. El texto continuará ahora su tramitación parlamentaria en el Senado.
Hasta ahora, estas prácticas ya estaban prohibidas administrativamente por la legislación española desde 2023. Sin embargo, su persecución dependía de las comunidades autónomas y las sanciones eran exclusivamente administrativas. Con la reforma, España da un salto cualitativo: quien promueva o practique procedimientos destinados a modificar, reprimir o negar la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género de una persona podrá enfrentarse a responsabilidades penales, incluso cuando exista un supuesto consentimiento de la víctima.
La decisión responde a una reivindicación histórica del movimiento LGTBIQ+, que sostiene que estas prácticas parten de una premisa profundamente discriminatoria: considerar que la diversidad sexual o de género necesita ser corregida.
No se trata únicamente de intervenciones médicas. Las denominadas terapias de conversión pueden adoptar formas psicológicas, espirituales o religiosas, y han sido descritas por expertos de Naciones Unidas como prácticas incompatibles con los derechos humanos por los graves daños emocionales y psicológicos que pueden provocar.
El debate parlamentario volvió a evidenciar las diferencias políticas sobre los derechos LGTBIQ+. Mientras la mayoría de los grupos defendieron que la reforma supone una protección necesaria frente a una forma de violencia, Vox votó en contra y el Partido Popular optó por la abstención, aunque algunos de sus diputados manifestaron públicamente su rechazo a estas prácticas.
Más allá del resultado parlamentario, la aprobación envía un mensaje jurídico y simbólico: la orientación sexual y la identidad de género no son enfermedades, no requieren tratamiento y no pueden convertirse en objeto de prácticas destinadas a modificarlas.
Con esta reforma, España se suma al grupo de países que han optado por perseguir penalmente unas prácticas que organizaciones internacionales consideran una vulneración de la libertad, la dignidad y el derecho de toda persona a vivir su identidad sin coerción.









