Hoy nos adentramos en una noticia de gran calado para la comunidad LGTBIQ+ y el marco legal en España. Recientemente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha marcado un precedente significativo al dictar una sentencia que avala la colocación de la bandera que representa a nuestro colectivo en las fachadas de los edificios de la Administración Pública.
Este fallo se produce a raíz de un recurso que impugnaba el acto de la Delegación del Gobierno en València, que el 28 de junio de 2023, en el marco del Día Nacional del Orgullo LGTBIQ+, decidió izar una bandera no oficial del colectivo. ¿Quién presentó la denuncia inicial? La Asociación de Abogados Cristianos.
¿Neutralidad Institucional o Acción Positiva? El Debate Central
El núcleo de la controversia giraba en torno al principio de objetividad y neutralidad institucional que la Constitución, en su artículo 103.1, impone a la Administración Pública. La parte demandante, Abogados Cristianos, argumentaba que la colocación de esta enseña suponía una extralimitación y una «vía de hecho», ya que no se siguió un procedimiento administrativo formal ni se emitió una resolución previa.
Pero el Alto Tribunal tiene una lectura diferente, y es crucial para entender el futuro de estas manifestaciones en el espacio público: la considera una «acción positiva».
¿Qué implica este concepto legal?
La Administración, al optar por visibilizar el apoyo al colectivo LGTBIQ+ en una fecha tan señalada, está implementando una medida que busca favorecer y proteger a un grupo históricamente discriminado, de acuerdo con la normativa aplicable. Para el Supremo, este gesto no entra en conflicto con la obligada neutralidad, sino que la complementa al promover la igualdad.
El tribunal reafirma así la línea de pensamiento ya aplicada en al menos otras tres sentencias anteriores, desestimando de nuevo el recurso de la asociación y manteniendo la coherencia en su jurisprudencia. Este camino legal nos invita a una reflexión profunda: ¿dónde termina la neutralidad y comienza el deber de una administración de ser activa en la defensa de los derechos de todes sus ciudadanes?
Más allá de la Bandera: La Situación de l’Armari de la Memòria
Si bien la noticia del Supremo es un avance, es importante recordar que la lucha por los derechos sigue en marcha en otros frentes. En este contexto de visibilidad y memoria, la entidad Lambda, col·lectiu LGTBIQ+, ha interpuesto una denuncia ante el Síndic de Greuges por la situación que atraviesa el servicio público l’Armari de la Memòria.
Este servicio, que depende de la Generalitat, es fundamental para la recuperación y preservación de la memoria histórica LGTBIQ+ en la Comunitat Valenciana. Su denuncia subraya la importancia de que las instituciones no solo den pasos simbólicos como izar una bandera, sino que también aseguren la viabilidad y el soporte a los servicios públicos que sostienen y honran la trayectoria de nuestro colectivo.
Te preguntamos, le lectore: ¿Cómo crees que la Administración Pública puede equilibrar mejor los gestos simbólicos, como la colocación de la bandera, con el apoyo efectivo y sostenido a servicios como l’Armari de la Memòria? ¿Qué más necesita el colectivo LGTBIQ+ para sentirse plenamente representade y respaldade por las instituciones? Es una conversación que todes debemos tener.



